Qué hacer si perdí la libreta de propiedad del vehículo

Vehículos y SUCIVE · Documento vehicular

Pedí el duplicado ante la Intendencia donde el vehículo está empadronado

La “libreta de propiedad” suele referirse al Documento de Identificación Vehicular (DIV). Si lo perdiste, el duplicado se gestiona ante la Intendencia del departamento donde está empadronado el vehículo, habitualmente en su área de Tránsito o Registro de Vehículos. No se solicita en SUCIVE: SUCIVE sirve para consultar y, cuando corresponda, regularizar patente, infracciones, convenios y otros conceptos.

Información revisada con fuentes oficiales disponibles hasta el 10 de setiembre de 2026. Requisitos, agenda, inspección, costo y entrega pueden cambiar según el departamento.

Primera comprobación

Identificá el departamento donde está empadronado el vehículo.

Dónde pedir el documento

En la Intendencia competente, no en SUCIVE.

Si hubo extravío o hurto

Revisá si la Intendencia exige denuncia policial y qué datos debe incluir.

Qué hacer, paso a paso

  1. Identificá el departamento de empadronamiento. Buscá en su portal oficial el trámite denominado “duplicado de DIV”, “duplicado de libreta de propiedad” o una denominación equivalente. No uses necesariamente la Intendencia de tu domicilio actual si el vehículo está empadronado en otro departamento.
  2. Si fue extravío o hurto, revisá la exigencia de denuncia policial. Varias Intendencias la piden. Cuando corresponda hacerla, procurá que identifique claramente el documento perdido y la matrícula; en Maldonado, por ejemplo, se exige que mencione expresamente el documento y la matrícula.
  3. Consultá la situación del vehículo en SUCIVE. Allí podés revisar deudas e infracciones y, de ser necesario, regularizar los conceptos disponibles. Algunas Intendencias condicionan el duplicado a tener determinados adeudos al día, pero esa exigencia no es una regla nacional única.
  4. Reuní los documentos del caso. La identificación vigente y la legitimación para actuar son requisitos habituales. Si actúa otra persona, si el titular es una empresa, si hay copropietarios o si el vehículo está en leasing, pueden requerirse acreditaciones adicionales.
  5. Reservá agenda si el departamento la exige y concurrí al trámite. Llevá el vehículo si la ficha departamental prevé inspección. Luego aboná la tasa que corresponda y seguí el circuito de entrega informado por esa Intendencia.

Qué corresponde a la Intendencia y qué corresponde a SUCIVE

Intendencia del empadronamiento

  • Tramita y emite el duplicado del DIV o libreta de propiedad.
  • Define requisitos, agenda, inspección, tasa, oficina y forma de entrega.
  • Determina si exige denuncia, SOA, vehículo para inspección o situación de adeudos al día.

SUCIVE

  • Permite consultar deuda e infracciones del vehículo.
  • Ofrece pagos, convenios y otros servicios vehiculares.
  • No emite un duplicado nacional del DIV ni sustituye la gestión ante la Intendencia.

Documentos y condiciones que pueden pedirte

No existe una lista única válida para los 19 departamentos. Antes de agendar, verificá la ficha oficial de la Intendencia donde el vehículo está empadronado. Según el departamento y el motivo de reposición, pueden solicitar:

  • Documento de identidad vigente de quien realiza la gestión.
  • Denuncia o constancia policial por extravío o hurto, cuando la Intendencia la exija.
  • El DIV original si está deteriorado en lugar de perdido.
  • Carta poder o poder con certificación notarial si actúa un representante, cuando corresponda.
  • Documentación de representación y vigencia si el titular es una persona jurídica.
  • Acreditación del usuario, si se trata de un vehículo en leasing y la Intendencia admite esa modalidad.
  • SOA vigente y vehículo para inspección, únicamente si están incluidos en los requisitos departamentales.
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También pueden variar las condiciones de deuda. Montevideo publica la exigencia de patente y demás adeudos al día, y Treinta y Tres informa que no debe haber deudas SUCIVE. Esos ejemplos no permiten afirmar que la misma condición rija en todos los departamentos.

Ejemplos de variaciones departamentales verificadas

DepartamentoAspectos publicados para el duplicado
MontevideoTrámite presencial; formulario firmado por todos los titulares; identificación del gestionante; patente y adeudos al día; libreta de circulación o denuncia policial con padrón y/o matrícula.
MaldonadoAgenda presencial; denuncia que mencione documento y matrícula por extravío o hurto; DIV original si hay deterioro; eventual inspección.
PaysandúAgenda en Dirección de Tránsito; regla para usuario de leasing acreditado; si se inicia en municipios, la entrega no es inmediata.
LavallejaAgenda previa; titular o representante; denuncia, SOA y carta poder certificada si concurre un tercero.
Rivera y Treinta y TresPublican requisitos que incluyen, entre otros, identidad, SOA, denuncia y vehículo para inspección. Treinta y Tres también contempla representación y empresas.

Estos son ejemplos oficiales de cada departamento, no una lista acumulativa de requisitos para todo Uruguay.

Costos y plazos: son datos departamentales

No hay una tasa nacional única verificable. Las fichas de Maldonado, Paysandú, Lavalleja y Rivera publican un costo de $ 1.780 para este trámite. Es un importe departamental y actualizable, por lo que debe confirmarse en la Intendencia antes de iniciar la solicitud. Treinta y Tres indica que el importe se consulta en la dependencia y que la factura se genera al comenzar el trámite.

En Paysandú puede existir exoneración por hurto o por siniestro natural —incendio o inundación— si esa circunstancia consta expresamente en la denuncia o comprobante. Esa exoneración es propia de la información publicada para Paysandú; no debe trasladarse a otros departamentos.

La tasa de emisión no incluye eventuales deudas de patente, infracciones, peajes u otros conceptos. Si existen y la Intendencia exige regularizarlos, son importes independientes del costo del duplicado.

Tampoco hay un plazo nacional de resolución. Treinta y Tres informa realización y entrega en el día una vez cumplidos sus requisitos, mientras que Paysandú advierte que el documento no se entrega de inmediato cuando el trámite se inicia en municipios. En los demás casos, confirmá el tiempo de entrega al agendar: un plazo informado por una Intendencia no garantiza el mismo resultado en otra.

Casos que requieren una revisión adicional

  • Copropietarios: en Montevideo el formulario debe estar firmado por todos los titulares.
  • Representante: puede ser necesario acreditar la representación con carta poder o poder certificado, según el departamento.
  • Empresa titular: pueden pedir documentos que acrediten representación y vigencia de la persona jurídica.
  • Leasing: Paysandú admite que el usuario solicite el duplicado si acredita esa calidad.
  • Transporte profesional o afectación especial: pueden existir exigencias documentales específicas; no uses los requisitos de un vehículo particular como si fueran suficientes.
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No confundas la libreta o DIV con el título de propiedad

El DIV municipal y el título de propiedad inscripto no son el mismo documento. Si lo que perdiste fue el título registral, no inicies el duplicado municipal como sustituto. El extravío del título se rige por una vía registral distinta, prevista en el Decreto N.º 325/984, y puede requerir intervención notarial o consulta ante el Registro de la Propiedad Mobiliaria, Sección Vehículos Automotores.

Preguntas frecuentes

¿El duplicado de la libreta de propiedad se tramita en SUCIVE?

No. El duplicado del DIV se solicita ante la Intendencia donde el vehículo está empadronado. SUCIVE sirve para consultar y pagar conceptos como patente, infracciones o convenios.

¿Tengo que hacer denuncia policial?

Depende de la Intendencia y de la causa. Varias la exigen por extravío o hurto, pero no figura como requisito general en todas las fichas departamentales revisadas. Confirmá el requisito y los datos que debe contener antes de concurrir.

¿Puedo hacer el trámite si tengo deuda de patente o multas?

Puede depender del departamento. Montevideo y Treinta y Tres publican condiciones vinculadas a adeudos. Consultá la situación en SUCIVE y verificá si tu Intendencia exige regularizarla para emitir el duplicado.

¿Puede hacerlo otra persona por mí?

Puede ser posible mediante representación, pero el instrumento requerido varía. Algunas Intendencias publican carta poder con certificación notarial. Si el titular es una empresa o hay copropietarios, pueden sumarse exigencias.

¿Cuánto demora el duplicado?

No hay un tiempo nacional único. La entrega depende de la Intendencia, del canal elegido y de si se exige inspección. Confirmá el plazo concreto al reservar agenda o iniciar la gestión.

¿Puedo circular mientras espero el nuevo DIV?

No conviene asumirlo. No existe una autorización nacional vigente verificada para circular en todo Uruguay solo con una denuncia. Consultá a la Intendencia competente antes de hacerlo.

Fuentes oficiales

Los requisitos concretos deben confirmarse en la Intendencia del departamento de empadronamiento antes de concurrir.