Si un servicio se renovó automáticamente, podés pedir la rescisión o resolución dentro de los 60 días corridos desde la fecha de renovación. En una relación de consumo, es abusiva una cláusula que te imponga un plazo límite previo para avisar que no querés renovar.
Pedí la baja primero al proveedor por un medio que deje constancia. Si no la procesa, la rechaza o continúa cobrando, podés acudir a Defensa del Consumidor o, según el servicio, a URSEC o al BCU.
Información sujeta a actualización: los canales, requisitos de identificación y modalidades de atención pueden cambiar. La normativa y los trámites citados fueron comprobados el 10 de septiembre de 2026. Revisá el enlace oficial antes de iniciar una gestión.
60 días corridos
Desde la renovación automática.
Hasta 15 días corridos
Máximo legal bajo este régimen.
Sin costo
La duración publicada es estimada.
Cuándo aplica esta protección
La regla se aplica a una relación de consumo: cuando una persona física o jurídica contrata o usa el servicio como destinataria final. No corresponde con ese carácter si el servicio se incorpora a un proceso de producción, transformación o comercialización.
La Ley de Relaciones de Consumo considera abusivas las cláusulas que fijan un plazo límite anterior a la renovación automática para que el consumidor manifieste que no renovará. Si la renovación ya se produjo, permite rescindir o resolver el contrato dentro de los 60 días corridos siguientes.
El plazo se cuenta desde la fecha efectiva de renovación. No comienza cuando advertís el cobro ni cuando recibís una factura posterior. Conservá una factura, estado de cuenta, correo o pantalla que permita identificar esa fecha.
Si el contrato todavía no se renovó, revisá el plazo original, el mecanismo de comunicación pactado y las demás condiciones. No existe un único canal de baja igual para todos los servicios.
Cómo pedir la baja correctamente
- Reuní la documentación. Guardá el contrato o las condiciones generales, comprobantes de alta, facturas, cargos y comunicaciones. Identificá la fecha exacta de la renovación.
- Revisá las condiciones. Verificá el plazo contratado, la renovación, la forma de comunicar la rescisión y la posible existencia de permanencia, equipos, cuotas o consumos pendientes. La exigibilidad de un cargo concreto depende del contrato, el sector y los hechos.
- Solicitá la baja al proveedor. Usá el canal formal previsto en el contrato o habilitado por la empresa. Identificá la cuenta, contrato o servicio, expresá claramente que no querés continuar y pedí confirmación escrita.
- Conservá la prueba. Guardá el correo enviado y recibido, número de gestión, formulario, captura fechada o comprobante de atención, junto con la respuesta y las facturas posteriores.
- Controlá el resultado. Si ejercés la rescisión o resolución dentro de los 60 días de la renovación automática, el proveedor cuenta con un máximo de 15 días corridos para procesar la baja.
Documentos y datos que conviene tener
- Contrato, condiciones generales o constancia de adhesión.
- Factura, estado de cuenta o comprobante del cobro y de la fecha de renovación.
- Constancia de la solicitud de baja y de su recepción.
- Respuesta de la empresa y cargos posteriores, si existen.
- Datos de contacto e identificación del proveedor.
- Documento de identidad y datos personales para una gestión ante Defensa del Consumidor.
Para telefonía, internet, TV para abonados o servicios postales reclamados ante URSEC, se solicitan además el contrato y un correo electrónico. Si no tenés copia contractual, pedí al proveedor que la entregue o exhiba.
Qué hacer si no procesan la baja o continúan cobrando
La primera gestión es comercial y se realiza ante el proveedor. Si no hay solución, la vía depende del tipo de servicio y del resultado que buscás.
| Vía | Cuándo corresponde | Para qué sirve | Límite |
|---|---|---|---|
| Proveedor | Siempre como primera gestión. | Solicitar la baja y pedir una respuesta. | Usá un canal que deje constancia. |
| Reclamo ante Defensa del Consumidor | Conflictos de consumo no financieros o según corresponda. | Procurar una solución mediante mediación. | No garantiza acuerdo ni devolución; el trámite digital requiere identificación electrónica admitida. |
| Denuncia ante Defensa del Consumidor | Cuando puede existir una infracción de consumo. | Poner los hechos en conocimiento de la Administración para una eventual sanción. | No sustituye el reclamo individual. |
| Reclamo ante URSEC | Telefonía, internet, TV para abonados, telecomunicaciones o servicios postales regulados. | Usar el canal sectorial correspondiente. | No es una vía general para otros servicios. |
| Denuncia ante BCU | Cuando interviene una institución financiera supervisada. | Escalar el reclamo financiero luego de reclamar ante la institución. | Un cobro por tarjeta no convierte por sí solo cualquier suscripción en un asunto del BCU. |
Reclamo ante Defensa del Consumidor
Si la empresa no procesa la baja, mantiene los cobros o rechaza el pedido, podés presentar un reclamo ante la Unidad Defensa del Consumidor. El trámite no tiene costo y busca solucionar el conflicto mediante mediación con el proveedor.
Se solicitan datos personales, datos para ubicar al proveedor e identificación del servicio. Adjuntá la constancia de la baja y los cargos posteriores, además de la demás prueba disponible.
Duración publicada: la consulta o el reclamo tienen una duración total estimada de 45 días corridos. No es un plazo legal garantizado ni una promesa de acuerdo.
La denuncia es distinta: informa una posible infracción y puede dar lugar a una eventual sanción, pero no tiene por objeto resolver tu reclamo individual. Para procurar la baja, una devolución o un acuerdo, corresponde presentar un reclamo.
Telefonía, internet y TV para abonados: URSEC
Para telefonía móvil, internet, TV para abonados, telecomunicaciones y servicios postales regulados, existe un trámite específico de reclamo ante URSEC. No tiene costo y puede iniciarse en línea; el portal también prevé atención presencial asistida con agenda previa.
URSEC solicita un vínculo contractual oneroso como destinatario final, el contrato y un correo electrónico. El regulador también indica revisar la fecha de contratación, el plazo, el eventual preaviso y la forma pactada para comunicar la rescisión.
Referencia sectorial: para telecomunicaciones y TV para abonados, URSEC informa que pueden cobrarse hasta 15 días posteriores a la solicitud de baja. No es una regla general para todos los servicios y debe distinguirse del plazo legal de hasta 15 días corridos para procesar la baja por renovación automática.
Si interviene una institución financiera: reclamo y BCU
Si el conflicto es con una institución financiera supervisada, primero reclamá ante su Servicio de Atención de Reclamos. Si la respuesta no te satisface o no llega dentro de 15 días corridos, podés presentar una denuncia ante el BCU.
Conservá una copia del reclamo y de la respuesta, si fue emitida. Esta ruta es específica para usuarios financieros y no reemplaza el reclamo general frente a un proveedor no financiero.
Costos y plazos
| Concepto | Dato | Significado |
|---|---|---|
| Rescisión tras renovación automática | 60 días corridos | Se cuentan desde la fecha de renovación. |
| Procesamiento de la baja | Hasta 15 días corridos | Máximo legal bajo ese régimen; no resuelve por sí solo saldos o consumos anteriores. |
| Defensa del Consumidor | Sin costo | La duración estimada de consulta o reclamo es de 45 días corridos. |
| URSEC | Sin costo | Para reclamos de consumidores de telecomunicaciones y servicios postales. |
| Reclamo previo financiero | 15 días corridos | Plazo de respuesta antes de denunciar al BCU, si corresponde. |
| Pequeñas causas | Hasta 100 UR | El tope se calcula con la UR del mes de presentación. No se determinaron costos judiciales concretos. |
¿Se puede ir a juicio?
La vía especial de pequeñas causas en relaciones de consumo puede tramitarse ante el Juzgado de Paz competente cuando se cumplen conjuntamente estos requisitos:
- Existe una relación de consumo.
- El total reclamado no supera las 100 UR según el valor del mes de presentación.
- No transcurrió un año desde el hecho, acto u omisión que motiva el reclamo.
Si se supera el límite o transcurre el año, esta vía especial no aplica. La prueba, los costos y la competencia concreta dependen del caso y pueden requerir asesoramiento jurídico individual.
Límites de esta guía
Esta guía no establece un procedimiento general para bajas de energía, agua o saneamiento, que pueden tener rutas propias ante el prestador y URSEA. Tampoco determina reglas particulares para seguros, plataformas digitales extranjeras, clubes, enseñanza privada o cargos gestionados por terceros.
La regla sobre renovación automática tampoco determina automáticamente si corresponde una penalidad de permanencia, un cargo por equipo, una deuda anterior, una factura concreta o una devolución. Esos puntos dependen del contrato, el servicio, las fechas y la prueba disponible.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cancelar un servicio después de que se renovó automáticamente?
Sí. En una relación de consumo, podés rescindir o resolver dentro de los 60 días corridos desde la renovación automática.
¿El proveedor puede exigirme que avisara antes?
Una cláusula que imponga un plazo límite previo a la renovación para manifestar que no querés renovar es abusiva dentro de una relación de consumo.
¿En cuánto tiempo deben procesar la baja?
Cuando ejercés la rescisión o resolución dentro del régimen de renovación automática, el máximo es de 15 días corridos.
¿Qué hago si siguen cobrando?
Guardá los cargos y la constancia de la solicitud. Podés reclamar ante Defensa del Consumidor y, si corresponde, ante URSEC.
¿Cuál es la diferencia entre reclamo y denuncia?
El reclamo busca una solución mediante mediación. La denuncia informa una posible infracción para una eventual sanción y no sustituye el reclamo individual.
¿Una suscripción cobrada por tarjeta se reclama siempre ante el BCU?
No. La ruta del BCU corresponde cuando el conflicto es con una institución financiera supervisada.
Fuentes oficiales
- Ley N.º 17.250, artículo 31.
- Ley N.º 17.250, Ley de Relaciones de Consumo.
- Consulta, reclamo y/o denuncia en materia de defensa del consumidor.
- Reclamo de consumidores de servicios de telecomunicaciones y postales.
- URSEC: baja de contratos de telefonía móvil e internet.
- BCU: reclamos y denuncias de usuarios financieros.
- Ley N.º 18.507: procedimiento judicial de pequeñas causas.
