Cómo cambiar la actividad o giro de una empresa en Uruguay

Empresas y trabajo independiente

El cambio o ampliación de giro se comunica ante DGI y BPS dentro de los 30 días corridos

Si una empresa empieza una actividad nueva, amplía las que ya realiza o deja de desarrollar una de ellas sin cesar definitivamente, debe actualizar sus datos registrales. El trámite general se realiza en línea por los canales habilitados de DGI o BPS; las empresas rurales y de construcción tienen un servicio específico de BPS.

Trámite nacional
Plazo: 30 días corridos
Organismos: DGI y BPS

Qué se actualiza
La actividad económica o giro registrado
Formulario base
Formulario 0351, Inscripción y actualización
Resultado
Constancia Formulario 6361 luego del procesamiento

Información oficial revisada el 16 de setiembre de 2026. Los importes, canales y requisitos operativos pueden cambiar; verificá la ficha oficial antes de presentar.

Qué significa cambiar el giro de una empresa

La modificación de giro sirve para comunicar a la Administración Tributaria que cambió, se amplió o se anexó una actividad económica. No es necesario clausurar la empresa si continúa desarrollando alguna actividad.

La fecha relevante es la fecha efectiva en que comenzó el nuevo giro, se amplió la actividad o dejó de realizarse la anterior. Desde esa fecha corre el plazo para comunicar la modificación.

Modificación o ampliación de giro

Corresponde cuando la empresa sigue operando y necesita actualizar, agregar o dar de baja una actividad registrada.

Cierre operativo de una actividad o local

No implica por sí solo la clausura registral de toda la empresa. Puede requerir una modificación de giro, una baja de local u otra gestión según el caso.

Clausura registral

Es el trámite para declarar el cese definitivo de las actividades generadoras de tributos ante BPS y DGI. No debe usarse si la empresa continúa activa con otro giro.

Quién debe realizar la gestión y ante qué organismo

Titular o representante habilitado

Define la fecha efectiva del cambio, reúne la documentación y presenta la modificación. Un tercero puede intervenir si cumple las exigencias de identidad y representación del canal utilizado.

DGI y BPS

Reciben y procesan la actualización registral nacional. Para industria y comercio o servicios personales, el trámite general se canaliza mediante el servicio conjunto DGI-BPS.

Intendencia u organismo sectorial

Puede intervenir por habilitaciones, permisos o controles vinculados a la nueva actividad. Esto no sustituye la modificación ante DGI y BPS y depende del departamento y del giro concreto.

Requisitos y documentos

Los requisitos concretos pueden variar según la forma de empresa, el régimen de aportación y la actividad. Como base, prepará lo siguiente:

  • Empresa identificada ante DGI y BPS, salvo que corresponda un régimen con procedimiento específico.
  • Fecha efectiva y descripción coherente del cambio, ampliación o baja de actividad.
  • Formulario 0351, Inscripción y actualización, completado con los datos y firmas requeridos.
  • Acceso mediante usuario DGI, usuario BPS o el mecanismo de identidad digital admitido por el canal.
  • Documento de identidad del titular, representante o tercero, cuando corresponda.
  • Domicilio electrónico ante BPS para los titulares de unipersonales, socios de sociedades de hecho y determinados representantes obligados.
  • Comprobante de la multa DGI, si la comunicación se presenta fuera de plazo y corresponde abonarla previamente.

Documentación adicional para actividad rural

En los supuestos rurales aplicables pueden exigirse el formulario R-500, su anexo cuando la titularidad del padrón no coincide con la explotación y una certificación notarial con los datos del padrón y de la explotación.

Si la nueva actividad rural queda comprendida en aportación rural, pero no cambian los padrones explotados, BPS indica que no corresponde presentar el R-500 ni la certificación notarial. Si se pasa de un padrón sin explotación a uno explotado o explotado por terceros, puede corresponder la inscripción de empresa rural común BPS-DGI, en lugar de esta modificación.

Pasos para cambiar o ampliar la actividad

  1. Definí qué cambió y desde cuándo. Identificá la fecha efectiva y determiná si se trata de un cambio de giro, ampliación de actividades, baja de un giro, baja de local, inactividad o clausura definitiva.
  2. Revisá el régimen de la nueva actividad. Si el cambio puede alterar la aportación, la clasificación laboral o la actividad declarada de una empresa con personal, revisá ese impacto antes de presentar.
  3. Reuní el Formulario 0351 y la documentación aplicable. Agregá R-500, anexo y certificación notarial solo si corresponde al caso rural indicado por BPS.
  4. Ingresá por el canal que corresponda. En DGI, el acceso se realiza en el Registro Único Tributario, opción “Modificaciones”. En BPS, se ingresa por “Gestión de empresas”, “Modificar datos registrales de empresas” y “Modificar giro de la empresa”.
  5. Usá el servicio específico si la empresa es rural o de construcción. El canal en línea de DGI para este trámite general no aplica a contribuyentes rurales o de construcción; BPS prevé un servicio específico para esos casos.
  6. Regularizá el pago que corresponda. Considerá el timbre profesional y, si presentás fuera de plazo, la multa DGI aplicable. El mecanismo de cobro del timbre cambia según el canal.
  7. Guardá la constancia y controlá los datos. Luego del procesamiento, conservá la constancia identificada como Formulario 6361 y verificá que la modificación quede reflejada ante DGI y BPS.

Canal en línea y atención presencial

La gestión está prevista en línea a través de DGI o BPS, según el tipo de empresa y actividad. Si DGI requiere una instancia presencial después de iniciada la gestión, lo comunica al correo electrónico declarado.

La ficha de DGI contempla atención presencial en Montevideo con agenda previa. Para el interior, esa ficha no prevé modalidad presencial. No conviene trasladar una regla de atención de Montevideo a otros departamentos sin confirmarla en el canal oficial vigente.

Costos, multa y plazos

Plazo para presentar

La modificación debe comunicarse dentro de los 30 días corridos desde la fecha efectiva del cambio. Es un plazo de presentación: las fuentes consultadas no publican un tiempo general de resolución del trámite.

Importes vigentes durante 2026

La ficha de DGI informa un timbre profesional de el importe vigente, vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Cuando se usa el servicio en línea de BPS, no se adjunta el timbre: BPS indica que su costo se incorpora a la próxima factura de obligaciones.

Si la comunicación se realiza fuera de plazo, puede corresponder una multa de DGI. Para 2026, DGI publica los siguientes importes:

  • El importe publicado si se comunica dentro de los 90 días posteriores al vencimiento.
  • El importe publicado si se comunica dentro del año posterior al vencimiento.
  • El importe publicado si se comunica después de un año.

Para personas físicas, empresas unipersonales, sociedades de hecho y sucesiones indivisas, la multa máxima publicada para 2026 es la que corresponda según el tipo de sujeto. Estos importes son datos anuales y deben verificarse al momento de pagar. Tampoco incluyen honorarios de escribano, contador u otro profesional externo, ni eventuales tasas o habilitaciones departamentales y sectoriales.

Lo que el cambio de giro no resuelve por sí solo

Actualiza la actividad registrada

Permite informar a DGI y BPS el cambio, anexo, ampliación o baja de una actividad económica que corresponda registrar.

No clausura automáticamente la empresa

La clausura exige cese definitivo de las actividades generadoras de tributos. Si la empresa sigue funcionando, el cambio de giro no equivale a clausura.

No cancela deudas ni declaraciones

Las obligaciones tributarias, previsionales y documentales generadas antes del cambio mantienen su tratamiento propio. La modificación no las extingue ni las regulariza.

No reemplaza habilitaciones locales

La nueva actividad puede requerir autorizaciones departamentales, bromatológicas, ambientales o sectoriales. Deben revisarse según la actividad y el departamento.

Situaciones que requieren una revisión adicional

  • Monotributo o monotributo social MIDES: pueden tener instructivos específicos, por lo que no corresponde aplicar automáticamente el procedimiento general sin verificar el régimen.
  • Empresas con trabajadores: un cambio sustancial de actividad puede requerir revisar la clasificación y los efectos laborales o de aportación que correspondan.
  • Locales, alimentos, ambiente o actividad regulada: verificá permisos adicionales con la intendencia competente u organismo sectorial. No existe una lista única válida para todas las actividades y departamentos.
  • Deudas pendientes: el cambio de actividad no las elimina. Si necesitás conocer su tratamiento o una eventual incidencia operativa, la consulta o regularización debe hacerse por separado ante DGI y BPS.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para comunicar un cambio de giro?

Hay 30 días corridos desde la fecha efectiva del cambio, ampliación o anexo de la actividad. Este es el plazo para presentar la comunicación; no es un plazo de resolución del trámite.

¿El cambio de giro se presenta ante DGI, BPS o ambos?

La actualización es registral ante DGI y BPS. Para industria y comercio o servicios personales se utiliza principalmente el servicio conjunto DGI-BPS. Las empresas rurales y de construcción deben usar el servicio específico de BPS que corresponda.

¿Qué formulario se usa para modificar la actividad?

El formulario base es el 0351, “Inscripción y actualización”. En determinados casos rurales se agregan el R-500, su anexo y certificación notarial.

¿Puede una empresa agregar una actividad sin cerrar la anterior?

Sí, el trámite contempla el anexo o ampliación de una actividad económica. Debe comunicarse dentro del plazo y reflejar la actividad que efectivamente desarrolla la empresa.

¿Cambiar el giro equivale a clausurar la empresa?

No. La clausura registral corresponde al cese definitivo de las actividades generadoras de tributos. Si la empresa mantiene actividad, corresponde analizar una modificación, ampliación o baja de giro, no presentar el cambio como clausura.

¿Qué pasa con las deudas al cambiar de actividad?

El cambio de giro no cancela, suspende ni regulariza por sí mismo deudas, aportes, declaraciones u otras obligaciones anteriores. Esos aspectos deben tratarse por separado ante el organismo competente.

Fuentes oficiales